El Boletín Oficial de la Región de Murcia ha publicado este jueves, 9 de marzo, la orden de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura, Juventud, Deportes y Portavocía de la Región de Murcia por la que se convocan ayudas económicas para la realización de un proyecto de ámbito regional dirigido a la formación teórico-práctica de nuevos profesionales taurinos y al apoyo de su actividad con la finalidad de contribuir al fomento de la tauromaquia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Por tanto, la creación de una nueva escuela taurina en nuestra comunidad está muy cerca.
Los interesados en participar en este concurso público para obtener los 60.000€ de subvención tienen desde hoy 30 días hábiles para presentar sus proyectos que tienen que girar en torno a las bases reguladoras que se hicieron oficiales en el mes de septiembre del pasado año.
El proyecto elegido tendrá derecho a una subvención que en ningún caso podrá superar el 100 por ciento del presupuesto del proyecto presentado, por lo que sólo se podrán subvencionar proyectos cuyo coste total sea igual o superior al importe mínimo que establezca expresamente la correspondiente convocatoria de subvenciones.
La actividad tendrá una duración de 12 meses, alternando clases prácticas, visitas a ganaderías, y asistencias a festejos taurinos. El programa docente se desarrollará tres días a la semana con un mínimo de dos horas diarias de clases durante doce meses, salvo periodos vacacionales.
Como medios personales deberá contar con un director técnico que deberá ser un matador de toros, aunque no se encuentre en activo y como mínimo un ayudante que puede ser matador de toros o subalterno en activo o no, valorándose la presencia entre los medios personales de un Preparador Físico con Titulación Universitaria o Formación Profesional de grado superior, así como de otros ayudantes del ámbito taurino.
Los candidatos deben tener claro que se les obliga a:
1. Realizar la actividad o ejecutar el proyecto, que fundamente la concesión de la subvención, asumiendo todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la realización de la actividad propuesta o de la ejecución del proyecto.
2. Constituirse en Escuela Taurina, en el plazo de dos meses desde la concesión de la subvención.
3. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
4. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida.
5. Hacer constar, en toda la información o publicidad de las actividades subvencionadas, la participación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
6. La entidad adjudicataria queda obligada, en todo caso, a incorporar de forma visible la imagen corporativa de la Comunidad Autónoma de La Región de Murcia en toda la documentación que se derive del proyecto o actividad y en los medios utilizados para su publicidad, cualquiera que sea su formato.
7. Realizar difusión en la Región de Murcia del proyecto u actividad, en caso de ser subvencionado por la Comunidad Autónoma en la convocatoria correspondiente, pudiendo consistir en la inclusión de la imagen institucional de la entidad concedente, así como leyendas relativas a la financiación pública en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien en menciones realizadas en medios de comunicación.
8. Realizar un Certamen Taurino Regional, en la que participen alumnos de escuelas taurinas de esta y otras Comunidades Autónomas.
9. Todos los que vayan a tener contacto habitual con personas menores de edad en el ejercicio de la actividad subvencionada, deberán aportar el certificado de delitos de naturaleza sexual, o en su defecto certificado de antecedentes penales.
10. Cualesquiera otras que se pudieran derivar de la legislación aplicable en materia de subvenciones y demás de pertinentes aplicaciones, así como la aplicable en materia taurina.
11. El beneficiario de la subvención está obligado a justificar ante el órgano concedente la aplicación de los fondos percibidos al cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención, en el plazo de seis meses siguientes a contar desde la fecha de finalización del plazo establecido en la convocatoria para la ejecución del proyecto o actividad.
En este enlace pueden acceder a todas las bases reguladoras para obtener la subvención: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/679933
Ojalá que con esta apuesta del Gobierno de la Región de Murcia se produzca el pistoletazo de salida de una nueva época luminosa, fructífera y transparente para el futuro de la tauromaquia en la comunidad.
@elmuletazo